ALQUILER DE HABITACIONES

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¿Bajo qué Ley se rige?

No existe una ley específica para el alquiler de habitaciones. La LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) no aplica en este caso por no constituir una habitación los requerimientos mínimos para ser considerada una vivienda. Por tanto,  su regulación pertenece al derecho común, el Código Civil artículos 1542 al 1582 .

¿Y si el arrendatario arrienda una habitación?

Si un arrendatario ha alquilado un piso y desea alquilar una habitación a un tercero el primer requisito que se tendría que dar, es que su contrato de alquiler de la vivienda permitiera el subarriendo. Esto no es generalmente posible, porque la inmensa mayoría de contratos lo impide. En ese caso y en el supuesto que ese subarriendo sea para satisfacer una necesidad permanente de vivienda (es decir, no para una temporada puntual), se rige bajo LAU de 2013, Artículo 8. Cesión del contrato y subarriendo :

Artículo 8. Cesión del contrato y subarriendo.

1. El contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del arrendador. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente al arrendador.

2. La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de forma parcial y previo consentimiento escrito del arrendador.

El subarriendo se regirá por lo dispuesto en el presente Título para el arrendamiento cuando la parte de la finca subarrendada se destine por el subarrendatario a la finalidad indicada en el artículo 2.1. De no darse esta condición, se regirá por lo pactado entre las partes.

El derecho del subarrendatario se extinguirá, en todo caso, cuando lo haga el del arrendatario que subarrendó.

El precio del subarriendo no podrá exceder, en ningún caso, del que corresponda al arrendamiento.

¿Y si el arrendatario arrienda una habitación pero no es por necesidad permanente?

En ese caso no se rige bajo LAU y se regirá por lo pactado entre las partes con el Código Civil como límites.

¿Está permitido el subarriendo?

Esto es, el supuesto de que un propietario alquila una habitación (da igual que sea en su residencia habitual o no) y el arrendatario de la habitación a su vez la realquila. Pues en este caso, si el contrato no marca nada en contra, está permitido (justo al contrario que bajo LAU). Por tanto, si no se desea que ocurra, explícitamente hay que prohibirlo en el contrato.

¿Cómo funcionan fiscalmente para el propietario?

Hay que declarar los ingresos obtenidos en todos los casos. En la declaración de la renta de las personas físicas se podrán deducir:

– Un 100% en el caso de arrendatarios entre 18 y 30 años y unos ingresos netos superiores al valor del Iprem.

– Un 50% en el caso de arrendatarios mayores de 30 años y/o con ingresos netos menores al valor del Iprem, y contrato con fecha anterior al 1 de enero de 2011.

– Un 60% en el caso de arrendatarios mayores de 30 años y/o con ingresos netos menores al valor del Iprem, y contrato con fecha posterior al 1 de enero de 2011.

Pero a partir de 2015 la reducción pasara al 50% en todos los casos. http://www.adrianosi.com/blog/variaciones-en-fiscalidad-de-alquiler/

¿Y si la vivienda es residencia habitual y tiene hipoteca?

En ese caso en la declaración de la renta hay una desgravación por hipoteca. Pero al estar alquilada una habitación hay que hacer una reducción de la parte proporcional de uso exclusivo del inquilino. Consulta vinculante realizada a la Hacienda pública con esta cuestión: http://petete.minhap.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=9278&Consulta=.EN+NUM-CONSULTA+%28V1729-07%29&Pos=0&UD=1

¿Qué fiscalidad hay para el inquilino?

No esta contemplada ninguna deducción al no poderse considerar su vivienda habitual.

¿Qué diferencias sustanciales hay con un alquiler de una vivienda?

Puesto que no se rigen bajo LAU.

LAU Alquiler habitación
Duración 1 año Lo que se estipule en el contrato
Fianza Al menos un mes (que en algunas comunidades autónomas debe depositarse en una cuenta específica o en las Cámaras la Propiedad) Por regla general un mes, pero no obligatoria. Tampoco es necesario depositarla en cuenta específica o cámara de Propiedad
Renovación Automática si no hay preaviso de un mes por parte inquilino hasta 3 años. No existe derecho de prorroga forzosa. A la finalización del contrato, el arrendador puede recuperar la habitación.
Derechos de uso generales No es divisible Es posible formalizarlo en el contrato.
Regulaciones de convivencia No tiene sentido en la medida que se alquila como una unidad Es posible formalizarlo en el contrato.

¿Qué ventajas tiene?

– En general la morosidad es menor.

– Con la crisis actual, la demanda de habitaciones es alta.

– Es más rentable alquilar por partes que el piso al completo, si hay una ocupación suficiente.

¿Qué desventajas tiene?

– Si hay varios inquilinos, las zonas compartidas suelen estar más descuidadas y por tanto tener mayor desgaste la vivienda (cocina, baños).

– Los conflictos de convivencia a veces se escalan al propietario.

– Suele haber más rotación de inquilinos y por tanto mas trabajo para el arrendador.

¿Qué debería reflejar el contrato?

Sería razonable que reflejara al menos:

– Habitación que se alquila.

– Precio.

– Forma de pago.

– Si se formaliza, depósito y procedimiento de devolución (ejemplo, 1 meses después de finalización contrato).

– Duración contrato.

– Todos los servicios que se incluyen en el alquiler (derecho a cocina, teléfono, internet, etc) y cómo se repercutirán los gastos que de ellos se deriven.

– Si el inquilino puede subarrendar o no.

– Inventario de muebles y enseres de la habitación.

– Es buena idea, organizar la convivencia con unos criterios mínimos del tipo de limpiezas mínimas de zonas comunes, ruido, mascotas, visitas nocturnas, …

¿Qué criterio de precio se puede establecer para una vivienda?

Uno razonable es, considerar el piso completo y estimar su alquiler. Sacar el precio por metro cuadro útil. Después, calcular los metros cuadrados de la habitación a alquilar. Calcular el precio acorde al precio por metro e incrementarlo un 70%-100%.

Ejemplo :

Piso de 60m2 , precio de alquiler completo 300 €. Por tanto, 5 €/m2 . La habitación a alquilar es de 14 m2. Por tanto 14*5 = 70 €. El precio podría ser 1,70*70 = 119 € a 2*70 = 140 €

¿Dónde se puede anunciar/buscar?

http://www.pisocompartido.com/

http://www.idealista.com/

http://www.easypiso.com/

¿Ejemplos de contrato?

https://sites.google.com/site/papeleosalquiler/modelo-arrendamiento-habitacion

http://www.grauasociados.com/contratos/arrendamiento%20vivienda/Modelo%20de%20Contrato%20de%20Arrendamiento%20de%20Habitaciones%20con%20o%20sin%20Mobiliario.doc

 

 

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REFRIGERACIÓN DE UNA VIVIENDA

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¿Qué mecanismos de refrigeración existen?

Refrigerar es un proceso termodinámico en el que se extrae calor del objeto considerado (medido en temperatura). Esencialmente los mecanismos disponibles son :

– A través de un fluido que se lleva el calor sin cambio de fase. Por ejemplo, la refrigeración de un motor a través de agua. El agua a menor temperatura, extrae el calor del motor y normalmente a través de un circuito de agua se renueva con agua fresca.

– Aprovechando el calor latente de un fluido (normalmente liquido). El calor latente es la energía requerida por una sustancia para realizar un cambio de fase : pasar de solido a liquido (calor de fusión) o de líquido a gaseoso (calor de evaporación).  Este es el procedimiento que usa un botijo (evaporación) y un frigorífico para enfriar el fluido que luego usa para congelador y refrigerador.

¿Qué tipo de dispositivos se pueden usar?

En el hogar estos suelen ser :

– Ventiladores. Equipos que a través a través de un motor eléctrico hacen girar unas aspas que impulsan aire en general en la dirección del eje de rotación de sus aspas.

Ventilador
Turboventilador

Fuente : Wikipedia

La razón de porque el aire que impulsa el ventilador refrigera es la siguiente :

El aire que tenemos alrededor del cuerpo, en días de calor es más húmedo por evaporación (sudoración) que el del resto de la habitación. El ventilador lo que facilita es la sustitución de ese aire por aire mas seco, con lo que la evaporación del sudor es mas eficiente. Esa evaporación es la que baja la temperatura y nos da sensación de frescor.

– Equipos de aire acondicionado. En esencia es un circuito de un gas que realiza un ciclo de compresión donde pasa a alta presión, se condensa (pasa a liquido), pasa baja presión y se evapora. En el evaporado, absorbe calor del entorno y por tanto se enfría.

Ciclo_de_RefrigeraciónFuente : Wikipedia

¿Los pingüinos son lo mismo que el aire acondicionado?

Sí, son aires acondicionados portatiles.

 ¿Qué medidas podemos tomar en la casa para su refrigeración?

De lo que se trata es evitar que se caliente y de aprovechar las noches (menor temperatura) para su enfriado.

– Toldos y parasoles evitan el flujo directo de los rayos y por tanto que se calienten las estancias.

– Por la noche refrigerar la casa lo posible.

– Colores claros en la fachadas hacen que se caliente menos.

 ¿Cuánta energía necesitamos para refrigerar una casa?

Es bastante variable, pero si usamos un sistema de aire acondicionado una estimación adecuada es de cada 40 m2 de casa, 1 Kw/h de consumo eléctrico. Esto puede variar en función de la altura de los techos y la eficiencia del aparato. Ahora mismo, casi todos los aparatos acondicionados son de eficiencia B como mínimo siendo ya mayoría los A.

¿Qué precio tiene un ventilador?

Desde 12 € a 99 €. El consumo energético suele ser de entre 25-100 W/h.

¿Qué precio tiene un sistema de aire acondicionado?

Normalmente a partir de 1000 € con instalación. El consumo energético suele ser de entre 1-2 KW/h.

¿Es eficaz dejar abierto el congelador?

No. El ciclo de compresión que realiza el congelador genera al final más “calor” que frio. Lo que ocurre es que lo genera en sitios distintos. Caliente el entorno y enfría la cámara (donde están los alimentos). Si abrimos la puerta, el compresor trabajara más y calentara mas la habitación.

¿Algún mecanismo  “barato” para refrigerar?

– Coger botella de agua (o Coca Cola, Pepsi..) de 2 litros.

– Llevar con 70% agua (no llenar que el agua al congelarse se expande y pude romper la botella), 12 cucharadas de sal (10% aprox del volumen). Cerrar.

– Meter al congelador por la noche.

– Por la mañana tendremos una botella completamente congelada con algo de aire arriba

– Ponemos la botella en plato, fuera de la luz directa del sol y con un ventilador de poca potencia apuntando.

El aire que sale del ventilador es refrigerado por la botella y baja la temperatura de la habitación. En circustancias normales, la botella se descongelaría en aproximadamente 4-6 horas. El efecto térmico es que puede bajar la temperatura entre 2 y 4 grados en ese periodo.

El coste de congelación de cada botella son unos 5 céntimos de €.

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